Acerca de La Ley del Mayor

La aplicación de la ley por parte de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, como toda agencia policial en general, ha respondido histórica y tradicionalmente, a un Modelo Policial Hegemónico, determinante para un fracaso institucional, resumido en desprotección y distanciamiento de su Comunidad, a la vez que descontrol del accionar de la delincuencia.

Este Modelo perimido, se fue construyendo sobre la base al respeto y acatamiento irrestricto -y hasta ciego- para con el Estado, que le da origen y sustento, como de legislaciones convenientemente orientadas hacia un fuerte control y disciplinamiento social, a la eliminación de oportunidades y a los efectos del delito.

Por otra parte, si ese Estado, no es un Estado de Derecho y sus convenientes legislaciones, inadecuadas y tendenciosas, el resultado, será la cara perversa y peligrosa de una Seguridad Ciudadana, enfrentada con el espíritu y exigencias de la verdadera mandante, que es la Comunidad y en cuya práctica, paradójicamente, pretenden justificarse, violaciones sistemáticas a los derechos humanos so pretexto del cumplimiento de la Ley.

La Protección de nuestros hijos por parte del Estado Bonaerense, durante el presente siglo, quedó determinada por un conjunto normativo, integrado por instrumentos de base y complementarios de diversas jerarquías jurídicas sobre las cuales se orienta el contenido y análisis que conforman este libro.

La Ley del Mayor, es la Ley que los adultos dictaron para el menor, circunstancia determinante para ubicarlo en una situación permanente de clara indefensión, pues pretendiendo tutelarlo, demostró una suerte de improvisación, desconocimiento, ineptitud, tendencias y presiones sociopolíticas negativas, etc.; concluyéndose, en que no se pensara debidamente en los menores como personas, sino, en ¨objetos para desecho¨ u ¨objetos unidos a problemas¨, que debían resolverse rápidamente de la noche a la mañana con instrumentos jurídicos de complicada redacción y fines poco claros o, siendo claros, de espíritus diferentes.

Para todo caso, no hubo leyes orientadas y dedicadas a su protección integral, careciendo sus letras de esa combinación de ¨excelencia y sentido común¨, que deben caracterizarlas por imperio del legislador. Tampoco pautas educativas, culturales y sociales, coherentes y contestes, que permitan converger e identificar el ¨camino de vida¨ que se desea para nuestros hijos de manera que, ¨en libertad¨, puedan llevar a cabo su ¨proyecto de vida¨.

Esto contribuye a desconocerlos, impidiéndoles ser tales. No se debe pretender y menos aún exigir, que los chicos sean perfectos o adultos, sino, chicos y entonces, la Ley, deberá allanar todos los obstáculos que les impidan ser aquello que deban ser.

Una pregunta importante es: ¿A cuántos menores de edad se les habrá consultado sobre ese camino a construir y seguir para su proyecto de vida?. Por otra parte, ¿Sabrán aquellos responsables de plasmar en términos y fuerza de Ley ¨quién es un chico¨?; ¿Cómo se manifiesta ese conjunto de variables que coadyuvan a su felicidad, bienestar,..., a su protección integral? ... para no caer en otra norma más, a la que meramente, hay que cumplir.

La Ley, concebida en el amor y la comunión de todos en Dios, nos libra de la selva y determina el único camino de vida para ellos. Por esto, deberá resguardarse su humanidad y constitucionalidad dado que su espíritu, letra y efectiva aplicación, no podrán ser indebidas e injustas. Caso contrario, no se logrará otra situación distinta que la muerte o cárcel del menor.

Hay un claro desconocimiento de lo que es la ley. Se la asocia con penalizar, cuando en definitiva fija un sendero a seguir y la forma de hacerlo; entonces, primará la prevención, incorporando en ella, programas alternativos de asistencia social y educación que destierren el encierro. De ocurrir esta circunstancia, en grado extremo, tendrá establecido los mecanismos para salvaguardar la dignidad y los derechos humanos de los menores.

La norma, se construye a partir de las necesidades y exigencias del pacto social vigente, que permanentemente es necesario reformular. A partir de esto, identificamos nuestra única meta: el chico. ¿Cómo llegamos a él?, pues a través de la Doctrina de la Protección Integral, cuyo desconocimiento no se disimula. En función de ella, se proyectarán, se elaborarán y se pondrán en marcha, aquellos programas dirigidos a su atención y protección, disponiéndose de todos los recursos necesarios, humanos, materiales y financieros, como de los sistemas y estructuras de selección, capacitación y seguimiento de personal, logística y aprovisionamiento.

La Doctrina de la Protección Integral, representa una filosofía que define y orienta una nueva concepción de la Infancia, detentando una base doctrinal compuesta por normas jurídicas de jerarquía internacional, a partir de la cual, deben desarrollarse las políticas dirigidas a su contención integral. En ella, encontramos la Declaración de los Derechos del Niño (1959, rescatando el espíritu de la Declaración de Ginebra de 1924); las Reglas Mínimas para la Administración de la Justicia de Menores (1985), la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (1989), las Directrices para la Prevención de la Delincuencia Juvenil (1990) y las Reglas para la Protección de los Menores Privados de Libertad (1990).

Para actuar en este contexto, el Estado, tendrá que reformular la metodología empleada hasta el presente para el cumplimiento de su indelegable misión de satisfacer la necesidad básica de seguridad de la población. En cuanto a la Agencia Policial, asegurará a través de todos los controles institucionales que resulten convenientes, su buen desempeño y trabajo en defensa de los Derechos Humanos y en los niveles pertinentes de la prevención. De esta manera, se ocupará de las situaciones diversas que viven los menores de edad y la Comunidad toda, principalmente antes de la producción delictual. Será a partir de sus relaciones con todos los actores sociopolíticos, que irá construyendo un eficaz y eficiente despliegue operativo, basado y orientado a incrementar la calidad de vida de las personas.

La Ley del Mayor no fue concluida tal como fuera pensada. A medida que se sucedían los distintos tratamientos normativos, el autor experimentaba un sentimiento de reproche hacia el Estado que se iría convirtiendo en un claro y marcado enfrentamiento, característica que es una constante en todo el libro. En este contexto, se resaltan algunas definiciones:

Primeramente, la tutela de nuestros hijos en la Provincia de Buenos Aires y durante el presente siglo, no tuvo verdaderamente una Ley dirigida hacia ellos.

Si bien existieron leyes, decretos leyes, decretos, reglamentos, etc., sus contenidos develaron situaciones inequívocas de pereza o vacío intelectual, improvisación, destiempo, malas intensiones, presiones y tendencias negativas que reconocían a los menores de edad como un ¨medio¨ para la satisfacción de intereses políticos corporativos tales como el ejercicio del poder y el manejo económico.

Por otra parte, el análisis correspondiente a cada norma, quedó facilitado por la repetición de sus partes en el instrumento reemplazante, como de tecnicismos que nada aportaron a la protección de los menores.

Segundo: se reconoce que el sistema perverso creado y sostenido por el Estado, tuvo una Legión en contra, integrada por personas, aliadas o no, en grupos o aisladas que llevaron adelante una misión de salvaguarda del bienestar y defensa de los derechos de los menores, muy a pesar de las normas.

En esa Legión, están representados todos los sectores públicos y privados, resaltándose la labor y el deber bien cumplidos a la vez que el amor puesto de manifiesto por magistrados de menores, funcionarios policiales, trabajadores de minoridad y familia, particulares, etc. que construyeran y aplicaran desde siempre, una Doctrina de la Protección Integral.

Tercero: este Estado, responsable e incapaz ante esta situación, deberá finalmente capacitarse y reformular su política social para la infancia, identificando y seleccionando para ese cometido a quienes sean los más aptos, desechando la conveniencia y complacencia político-partidista.

Porque el recurso facilista del uso de la fuerza y de la institución total como instrumentos valederos para el control social y cuya justificación, además se legisla, opera contrariamente y delata al Estado como nutriéndose de las personas so pretexto del bien común o la razón de Estado.

Si por bien común o la razón de...., se entiende clasificar a chicas y chicos como delincuentes o tomar contacto con ellos para detenerlos y derivarlos a esquemas de soluciones rápidas como su alojamiento policial o; para todo caso, encerrarlos en instituciones bajo situaciones irregulares y aún violatorias a sus derechos, privándolos de toda terapéutica y protección integral, privilegiando la mera seguridad de las cárceles para evitar simple y únicamente hechos de fuga por sobre la dignidad humana; entonces, estamos presenciando una función de teatro extractada de la vida real, donde el bien común es argumento e instrumento del Estado para impulsar políticas basadas exclusivamente en la contención y disciplinamiento social como en el abuso indiscriminado de la detención y el encierro.

En este sentido se advierte un peligroso ejercicio del monopolio de la fuerza legítima y un avance sospechoso de este Estado sobre la Sociedad, ubicándolo ya no como garante del derecho sino parte litigante e interesada, a tal punto que raya la ilegalidad y lo lleva, a ilegitimar su razón y soberanía.

Resulta inadmisible entonces que la falta de capacidad resolutiva, creatividad y originalidad para el abordaje de esta problemática, sean reemplazadas por la fuerza, generadora de violencia a la vez que impulsar y renovar la concepción biologicista -por demás reprochable- basada en que el delincuente nace, circunstancia muy conveniente para aquellos que consideran el encierro sobre el tratamiento o el tratamiento de encierro de las personas. Para los responsables de esta concepción, será simple y sistemático responder: Para qué orientar y dirigir un tratamiento a las personas en conflicto con la ley, si quizás en este preciso momento, puede estar naciendo un delincuente. Tampoco proyectar una disminución de la edad para la responsabilidad penal.

Por ello, a riesgo de ser reiterativo, el Estado como garante del pacto social, deberá revertir su vulnerabilidad dando muestras de capacidad resolutiva, implantando y sosteniendo, más allá de palabras y textos técnico-elegantes, una política dirigida a nuestros hijos, basada en la Doctrina de la Protección Integral, de notable representatividad en la historia jurídica argentina.

Porque mientras esto no ocurra, nos gritarán, aún en silencio, que además de su libertad, están privados de la Ley.

¿Es posible que esta privación de la Ley se extienda a todos los momentos o circunstancias de sus vidas? .... Es terrible aceptar para los chicos en particular como para todos nosotros en general, una condición de prisioneros del Estado en nuestras propias comunidades.

Cuarto: las sucesivas conducciones de la Policía de la Provincia de Buenos Aires, han tenido mucho que ver en la aplicación indebida de la Ley. Esto se corresponde con la aceptación indistinta del patrón militar o político de turno, hacia una multifuncionalidad asignada a través de los distintos gobiernos y sostenida en la conveniencia de la auxiliaridad y/u obligatoriedad de tareas, convirtiéndola, deliberadamente, en una corporación para la ejecución de un fuerte control y disciplinamiento social.

Esta circunstancia, notablemente contrapuesta con las expectativas que la comunidad le exige, la ubican en su franco enfrentamiento, provocando su desnaturalización funcional como la determinación de una zona libertina de actuación, propicia para la comisión delictual.

Felizmente, la gran mayoría de sus integrantes, que conforman principalmente los cuadros inferiores e intermedios, han impulsado acciones aisladas o conjuntas con rasgos sistemáticos de respeto a la ley y acercamiento comunitario pero a muy alto costo personal.

Resulta entonces de suma importancia que la Democracia instituya y fortalezca controles sobre los cuerpos policiales, tendientes a evitar su uso indebido como instrumento de seguimiento, disciplinamiento y toda forma de manipulación ciudadana.

¿ Podrá el Estado o mejor dicho, sus estadistas de turno, tolerar que la agencia Policial, lo desconozca como mandante ni se subordine a sus designios o caprichos institucionales, en situaciones de franca violación de los derechos de las personas ?.

Al menos en lo inmediato, no lo creo pero,.....es mi gran esperanza porque cuando ocurra, verdaderamente estaremos hablando, viviendo y gozando de un Estado de Derecho.

Entonces, debemos renovar permanentemente el compromiso de continuar actuando en defensa de los Derechos Humanos que nunca jamás podrán ser postergados ni posteriores a la razón de Estado

Quinto: Si bien algo se dijo precedentemente, merece especial atención el alojamiento de menores en dependencias policiales, situación que se ha verificado en el tiempo y provocado sistemáticas violaciones a sus derechos y riesgo para su integridad física como vulnerado los derechos del trabajador policial.

Ante ello, debe quedar bien en claro que el problema no es de la Policía y menos aún resolverlo. Actualmente y conforme lo determina la Ley, es de inequívoca competencia del Consejo Provincial del Menor, en su carácter de autoridad de aplicación del Poder Ejecutivo para el ejercicio de las potestades concurrentes del Patronato de menores, circunstancia que además le impone, fijar las pautas para su resolución. En este esquema, la Policía, será auxiliar obligado del referido organismo del Ejecutivo, sin que ello importe desvirtuar su misión pero nunca, asumir ni siquiera por delegación, las tareas que hacen a su cometido.

Algunos apresurados, guiados tal vez por falta de capacidad y/o debido asesoramiento, experiencia y/o conocimiento o deliberadamente por cuestiones políticas, han orientado los esfuerzos y potencialidades institucionales, en absorber la problemática como propia e intentar revertirla, avanzando sobre el tema de la institución total de los chicos a través de la fácil salida o solución policial. Brillantes ideas surgieron entonces, tales como cambiar la denominación Comisarías del menor y llamarlas de otra manera o bien sostener el funcionamiento de centros de detención, alcaldías para menores, etc., bajo custodia policial o conjunta con personal de minoridad pero que, en todo caso, denotan una misma filosofía con distinta forma de ejecución.

Por todo lo dicho, se debe actuar rápidamente, pero que cada quien asuma y realice lo suyo, lo que le corresponda hacer porque nuestros hijos, no merecen la decidia y la entrega que significa no ir más allá de preguntarse reiteradamente, como si no se supiera,.....

 

¿Qué funciona tan bien que hace funcionar todo tan mal?

 

Al igual que Antoine de Saint-Exupery, en su celebre Principito y ello, sin pecar de presuntuoso, tengo que disculparme con los chicos, pues la Ley del Mayor está dedicada a adultos.

Pero,........., ¿ Quién es un adulto ?,.....

Un adulto, es esencialmente un chico envuelto de Historia. Entonces, que importante será que esa historia, no sea una perversa Historia Oficial, de la que estamos tristemente acostumbrados y ya cansados los argentinos, escrita con argumentos sospechosos y justificada en los altos y sagrados intereses de la Nación.

La historia que envuelva a nuestros hijos, será la que los convierta en potencias infinitas, proyectándolos a través de generaciones. Esta historia, les brindará las herramientas necesarias para luchar por todo aquello en lo cual crean, enfrentando a la injusticia y la inmoralidad.

Hace poco más de un año, en este mismo lugar, les manifesté a los presentes, principalmente a mis compañeros de Policía y la Docencia, que nuevamente en el aquí y ahora me acompañan, a no bajar los brazos, a luchar y continuar sin miedo a la libertad, comprometidos con nosotros mismos, en primera instancia, para luego ser mejores y vivir en armonía con los demás.

Hoy, renuevo mis votos a la vez que los invito a llevar a delante una vida bizarra, plena y de calidad. No permitamos que nadie nos aparte de nuestra familia o pretenda quitarnos nuestros trabajos y más aún, nuestros sueños. No permitamos que nos arrebaten nuestros sueños.

Amigos,....en este salón auditorium del Colegio de Abogados y en esta Primavera en La Plata del año del Señor de mil novecientos noventa y ocho, ... la familia CHEVES y YO que los represento, les dicen, gracias, muchísimas gracias.

 

Raúl Marcelo Cheves

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